Derecho civil
El área civil de Asegi Abogados cubre contratos y reclamación de deudas, arrendamientos y desahucios, familia, sucesiones y comunidades de propietarios. En herencias trabajamos con la normativa foral de Bizkaia, Gipuzkoa, Araba y Navarra, donde el Impuesto sobre Sucesiones lo liquida cada Diputación Foral por separado.
Qué incluye
- Redacción y negociación de contratos de compraventa, arrendamiento, obra y servicios
- Reclamación judicial y extrajudicial de deudas, con intereses de demora y costes de cobro
- Procedimientos de desahucio por impago o por expiración del plazo
- Convenios reguladores, capitulaciones matrimoniales y liquidación de la sociedad de gananciales
- Testamentos, pactos sucesorios y donaciones diseñados junto al equipo fiscal
- Asesoramiento a comunidades de propietarios y administradores de fincas: reclamación a morosos, cuotas y modificación de estatutos
El derecho civil es el que aparece cuando algo se rompe: un contrato que no se cumple, una factura que no se cobra, un matrimonio que se disuelve, una herencia que separa a una familia. Nuestros abogados trabajan estas materias junto a los mercantilistas y a los fiscalistas del grupo, porque casi ninguna de ellas se resuelve bien mirando solo el Código Civil.
Obligaciones y contratos
Redactamos, negociamos y revisamos contratos de compraventa mobiliaria e inmobiliaria, arrendamiento de vivienda, local y negocio, contrato de obra y llave en mano, prestación de servicios, venta a plazos de bienes muebles y opciones de compra y de venta. Cuando el contrato se incumple, reclamamos la deuda y los daños y perjuicios, y tramitamos el desahucio por impago o por expiración del plazo.
Reclamación de impagados
Antes de demandar valoramos si la deuda es cobrable y qué vía es la más rápida. En operaciones entre empresas la ley contra la morosidad permite reclamar, además del principal, los intereses de demora pactados y los costes de cobro soportados, algo que muchas empresas dejan de pedir por desconocimiento.
Familia
Acompañamos en separaciones y divorcios, convenios reguladores, medidas sobre los hijos y su modificación posterior, capitulaciones matrimoniales, liquidación de la sociedad de gananciales y medidas de apoyo a personas con discapacidad. Priorizamos el acuerdo, que casi siempre resulta menos costoso y menos dañino que el procedimiento contencioso.
Sucesiones y planificación patrimonial
Planificamos testamentos, pactos sucesorios y donaciones buscando además el mejor tratamiento fiscal en el territorio que corresponda, y tramitamos herencias completas: declaración de herederos, inventario, cuaderno particional, liquidación del impuesto y adjudicación. También intervenimos en herencias en conflicto.
Propiedad horizontal y vía judicial
Asesoramos a comunidades de propietarios y a administradores de fincas en reclamación a morosos, cuotas, obras y modificación de estatutos. Defendemos sus intereses en todas las fases procesales ante los Juzgados de lo Civil, desde Bilbao, Donostia-San Sebastián y Vitoria-Gasteiz.
Preguntas frecuentes
- Un cliente no me paga. ¿Puedo reclamar algo más que la deuda?
- Sí. Entre empresarios basta con que se incumpla el plazo de pago pactado para reclamar intereses de demora, además del principal. También pueden reclamarse los gastos de cobro efectivamente soportados, como el burofax o los gastos que repercuta el banco; si no hubo ninguno, la ley contra la morosidad permite exigir una cantidad fija de 40 euros.
- ¿Quién cobra el Impuesto sobre Sucesiones en el País Vasco?
- La Diputación Foral del territorio de residencia habitual de la persona fallecida: Bizkaia, Gipuzkoa o Araba. Navarra liquida el suyo bajo el Convenio Económico. Por eso una misma herencia puede tributar de forma distinta según dónde residiera el causante.
- ¿Qué plazo hay para liquidar una herencia?
- Con carácter general, 6 meses desde el fallecimiento, con posibilidad de prórroga. Conviene no apurarlo: reunir el inventario, las valoraciones y la documentación bancaria lleva tiempo, y el reparto se decide mejor antes de que empiece a correr la cuenta atrás.
- ¿Se puede planificar la herencia de una empresa familiar?
- Sí, y es donde más diferencia se aprecia. La normativa foral permite reducciones de hasta el 95% de la base imponible en la transmisión de la empresa familiar si se cumplen los requisitos, lo que reduce drásticamente el coste. Exige preparar antes la estructura societaria y mantener las participaciones durante el plazo que fija cada territorio.